SE HACE SABER: Que ante este tribunal cursa el presente asunto relativo a la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por DELIMAR JOSEFINA PIÑEIRO RAMOS. Fecha de publicación: 12/02/2025

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de

la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, tres (03) de febrero de 2025

214″ у 165°

ASUNTO: KP02-S-2024-003611

EDICTO

SE HACE SABER:

Que ante este tribunal cursa el presente asunto relativo a la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana DELIMAR JOSEFINA PIÑEIRO RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.089.835, con número de teléfono: 0414-5652069 y correo electrónico: [email protected], actuando en nombre propio y en representación de su madre, GRIMALDA ROSA RAMOS DE PIÑEIRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.422.404, debidamente asistida en este acto por la abogada LILIANA GUERRERO SOLORZANO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 177.101, en su condición de Defensora Pública Provisoria Primera (1°) en Materia Civil del estado Lara, mediante el cual solicitan sea declaradas como únicas y universales herederas del cujus, ciudadano CARLOS SEGUNDO PIÑEIRO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.694.239 y falleció ab intestato en fecha veinticuatro (24) de diciembre del año 2021, según consta en Acta de Defunción N°755, expedida por el Registro Civil de Centros de Salud y Cementerio urce Maternidad Carucieña Parroquia Guerrera Ana Soto del Municipio Iribarren del estado Lara, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 507 del Código Civil, se publicará el presente edicto, en aras de garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa, de conformidad con los artículos, 26, 49 y 257 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, a los fines de que cualquier persona que tenga interés y manifiesto directo en el asunto, concurra por ante este Juzgado, EN LOS DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia del mismo, a hacerse parte en el juicio.-

Juez
Magdiel José Torres.

La Secretaria
Lud Salez Avarado

MIT/LSA/Maria Abreu

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