REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis (06) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165°
ASUNTO: KP02-V-2024-002243.
EDICTO
SE HACE SABER: Que por auto de esta misma fecha en el juicio de PARTICIÓN DE HERENCIA, intentado por la ciudadana MARÍA GLADYS BONILLA DE PIERSANTI, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-80.343.518, de este domicilio, asistido en este acto por la abogada MAGDA ERMELINDA PEREZ SANTELIZ, inscrita en el IPSA bajo el N°90.066, contra las ciudadanas MONICA PIERSANTI CANDELA DE SCHOTBORGH, venezolana, mayor de edad, titulara de cedula de identidad N- V-10.058.837 representada por el Abogado JUAN PEDRO MANRIQUE LÓPEZ, con domicilio en la ciudad de Barinas Y PATRICIA MARIA PIERSANTI CANDELA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-10.058.836, con domicilio en calle Pino Aparrado, casa #20, Urb. Los pinos 2da etapa Guanare Edo. Portuguesa, y contra los herederos desconocidos del ciudadano DANTE PIERSANTI ANGELOZZI (Difunto), quien era Italiano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-252.403, quien falleció en fecha 29/02/2020, según acta N° 938, emanada del Registro Civil Hospital Central Universitario Dr. Antonio María Pineda Parroquia Catedral Del Municipio Iribarren del Estado Lara, se ordenó la publicación del presente Edicto en los Diarios El Informador y La Prensa de esta ciudad de Barquisimeto, en letra no menor de ocho puntos, debiéndose publicar por lo menos durante SESENTA (60) DÍAS DOS VECES POR SEMANA y una vez conste en autos la totalidad de las publicaciones y transcurridos como sea el lapso de SESENTA (60) días continuos y previo cumplimiento de las formalidades de Ley, deberán comparecer los herederos desconocidos a darse por citados en la presente demanda, en horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 03:00 p.m, por ante este Tribunal en la siguiente dirección: Edificio Nacional, 2do. Piso, oficinas N° 65 y 66, Carrera 17 entre calles 24 y 25; advirtiéndosele que transcurrido el lapso de comparecencia sin verificarse esta, se procederá a nombrarle Defensor Ad-Litem de los desconocidos con quien se entenderá la citación, hasta que según la Ley cese su encargo. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 231 1232 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez Provisorio
Abg. Daniel Escalona Otero.
La Secretaria Acc.
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