CARTEL DE INTIMACIÓN | SE HACE SABER: a la Sociedad Mercantil COMERCIAL VICTORIA 2014 C.A., RIF: J-406147257, que debe comparecer por ante este Tribunal. FECHA DE PUBLICACIÓN: 26-02-25

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis (16) de abril de dos mil veinticuatro 2024
213º y 165

ASUNTO: KP02-V-2023-002560

CARTEL DE INTIMACIÓN
SE HACE SABER:

A la Sociedad Mercantil COMERCIAL VICTORIA 2014 C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 18 de Junio de 2015, bajo el Nro. 36, tomo 50-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) Nro. J-406147257, a través de su representante ciudadano JOSE LUIS MOGOLLON RAMOS, titular de la cedula de identidad N° V- 15.731.171, en su carácter de Presidente, que debe comparecer por ante este Tribunal dentro de los DIEZ (10) DIAS CALENDARIOS SIGUIENTES, a la fijación, publicación y consignación del presente Cartel en autos, el cual deberá ser publicado en el diario El Informador, de conformidad con el articulo 650 del Código de Procedimiento Civil, a pagar bajo apercibimiento de ejecución las siguientes cantidades: A) la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA (USD $ 6.462,00), equivalentes en bolivares a la tasa vigente del Banco Central de Venezuela para la fecha de la introducción de esta demanda en DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 226, 945.44) por concepto de los honorarios profesionales.

Advirtiéndosele que en caso de no pagar o de no hacer oposición al decreto intimatorio, se procederá a dejar firme el decreto intimatorio declarándose como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.

Se le advierte asi mismo que de no comparecer en el término señalado, se le nombrará defensor de oficio, con quien se entenderá la citación y demás trámites del juicio.

Intimación que se le hace a los fines legales pertinentes.-

 

La Juez Suplente,

Abg. Josméry Enid Parra de Montes

 

NOTA: el cartel deberá ser publicado en dimensiones que permitan su fácil lectura, y destacándose mediante el uso del tipo de letra de imprenta denominada «negrita» los nombres de las partes y el motivo del juicio.
JEPM/red.-

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