A casi un año de creada la Ley de Pensiones y no está claro a dónde va el tributo dice abogado

La Ley de Pensiones se creó en mayo de 2024 y desde entonces las empresas deben cancelar 9 % de los ingresos que percibe el trabajador, sin embargo, hasta ahora sigue sin estar claro el funcionamiento del tributo como por ejemplo a quién beneficia o porqué vía es asignado.

La “Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista”, también llamada Ley de Pensiones, se creó en mayo de 2024. No obstante, a la fecha, se desconoce a detalle su funcionamiento. Desde el sector industrial dijeron el año pasado que era asignado a través del sistema Patria y que representaba un bono de $20 para los pensionados.

El abogado laboral Wilmer Barrios, de la firma JCBA Legal en Venezuela, explica que los contribuyentes cancelan al Seniat el al 9 % de los ingresos que percibe el trabajador. De hecho,  el ente regulador realiza fiscalizaciones, sobre todo, a las empresas que no lo han cancelado aún.

“Empresas que no han podido declarar porque por alguna razón no tienen empleados, por eso hemos tenido que asistir a clientes, porque el Seniat tiene el criterio de que cualquier empresa tiene que tener al menos un trabajador, cosa que en la práctica no necesariamente es así”, dijo a Fedecámaras Radio.

El especialista indicó que no tienen conocimiento de “dónde están llegando los recursos y si esos recursos se están distribuyendo entre las personas objetivo”. “No tenemos conocimiento”, repitió. Apuntó que a casi un año de la vigencia de la ley, la información que manejan es que “no ha salido todavía un pago o un bono”.

Respecto a aquellas empresas que no tienen empleados y por tanto no han declarado, el abogado mencionó que hasta ahora el Seniat no ha impuesto una multa o una medida de cierre, “lo que han hecho es la inspección, han solicitado los documentos para justificar el por qué no se ha cancelado el impuesto”.

En ese sentido, desde la firma de abogados han recomendado a los contribuyentes dirigir un escrito a la sede del Seniat que le corresponda, con una exposición de motivos de porqué están imposibilitados de pagar, reseña Tal Cual.

La ONG Acceso a la Justicia considera que este impuesto no contempla el principio de progresividad para las empresas, el cual está establecido en el artículo 316 de la Constitución, así que todas las compañías deben hacer la misma contribución sin considerar el tamaño de estas, su actividad o las ganancias.

 

AC

 

 

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